Generalidades

Se entiende como producto susceptible de Garantía, toda mercancía que haya sido recibida a conformidad por parte del cliente y que, posterior a su ingreso y revisión, se notifique a TEXCOMERCIAL el reclamo por mal funcionamiento, no cumplimiento de especificaciones técnicas (tamaño, resistencia, error en metraje, menor cantidad, etc) y lotes de fabricación no uniformes.

Para iniciar el trámite de garantía, el cliente deberá verificar la mercancía en presencia del transportador; en caso de no hacerlo será bajó su responsabilidad, y cualquier inconsistencia que se presente no será susceptible de garantía, ya que los daños en físicos como golpes, rayones y averías, no constituyen una garantía, si no se manifiestan al momento de la recepción del producto.

Se deja claridad de que para el trámite de Garantías, se aplican las políticas de los fabricantes para cambios y/o reparaciones.

La Garantía se rige por los términos y condiciones que se establecen en el manual de usuario que está al interior del producto, donde también se informan las líneas de atención a clientes a través de las cuales se deben comunicar las fallas funcionales del producto.

En caso tal, de que el artículo no cuente con certificado de garantía, ya que por su condición no es obligatorio dicho documento, se entenderá que la garantía se regirápor los términos dispuestos en la ley 1480 del estatuto del consumidor (12 meses).

TEXCOMERCIAL es solidariamente responsable frente a las reclamaciones que se puedan presentar por parte de sus clientes, ajustándose siempre a las políticas de los fabricantes y a la ley 1480 del estatuto del consumidor.

Políticas

  1. Toda garantía debe ser notificada por el consumidor final directamente al departamento de Soporte Técnico de la marca, quien se encargará de recoger el producto y/o enviar un técnico a prestar el servicio correspondiente.
  2. El término de la garantía será el dispuesto por el vendedor, y a falta de esa disposición, será el que determine  la ley o por la autoridad competente. De no indicarse dicho término en la ley, o no existe disposición al respecto por parte de la autoridad competente, éste será de un año para productos nuevos. El término de la garantía empezará a correr a partir de la entrega del producto al consumidor final.
  3. La sola notificación de la garantía no implica la aceptación ni el reconocimiento del valor de la misma. El cliente de Texcomercial no podrá aplicarse Nota Crédito de forma automática. Dicho descuento implica una notificación explícita de Texcomercial, y se da con posterioridad al trámite de garantía que se tenga establecido.
  4. Las revisiones técnicas de los productos por garantía sólo podrán ser realizadas por los Centros de Servicio Técnico (CST) y/o los técnicos autorizados por la marca. Cualquier revisión no autorizada anula por completo la garantía.

No habrá lugar a la garantía, cuando, según lo dispuesto por el artículo 16 del estatuto del consumidor, existan las siguientes circunstancias:  Cuando demuestre que el defecto proviene de: 1. Fuerza mayor o caso fortuito; 2. El hecho de un tercero; 3. El uso indebido del bien por parte del consumidor, y 4. Que el consumidor no atendió las instrucciones de instalación, uso o mantenimiento indicadas en el manual del producto y en la garantía. El contenido del manual de instrucciones deberá estar acorde con la complejidad del producto. Esta causal no podrá ser alegada si no se ha suministrado manual de instrucciones de instalación, uso o mantenimiento en idioma castellano.

  1. En caso de no aceptarse la garantía, el Centro de Servicio Técnico retornará la mercancía al cliente con carta certificando los motivos del rechazo y enviará copia a Texcomercial.
  2. El tiempo establecido para dar solución a una garantía es de 30 días hábiles inicialmente, contados desde el momento en que el cliente es informado de su ticket o radicación. Este tiempo podrá ampliarse hasta en 30 días más, cuando por razones de consecución de repuestos, dicho tiempo sea necesario.
  3. Si posterior a la revisión, el centro de servicio técnico y/o el técnico autorizado determinan que no tienen como cumplir con la garantía, el fabricante deberá emitir la respectiva nota de cambio.
  4. Si el producto es reparado por el Centro de Servicio Técnico, la marca lo enviará de vuelta al cliente.
  5. Si el cliente se niega a recibir el producto o solicita que el proceso sea distinto a lo establecido para el caso, el proceso de garantía será regido por el artículo 18 del estatuto del consumidor.

ARTÍCULO 18. PRESTACIÓN DE SERVICIOS QUE SUPONEN LA ENTREGA DE UN BIEN. PARÁGRAFO. Pasado un (1) mes a partir de la fecha prevista para la devolución o a la fecha en que el consumidor debía aceptar o rechazar expresamente el servicio, el prestador del servicio lo requerirá para que lo retire dentro de los dos (2) meses siguientes a la remisión de la comunicación. Si el consumidor no lo retira se entenderá por ley que abandona el bien y el prestador del servicio deberá disponer del mismo conforme con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional para el efecto. Sin perjuicio del derecho de retención, el prestador del servicio no podrá lucrarse económicamente del bien, explotarlo, transferir el dominio o conservarlo para sí mismo. No obstante, lo anterior, el consumidor deberá asumir los costos asociados al abandono del bien.